Santa Fe: la Justicia dio lugar a un amparo presentado por jueces contra la reforma previsional
Se trata de una presentación colectiva realizada la semana pasada por 18 magistrados jubilados. El gobierno provincial apelará el fallo.
La Justicia laboral de Rosario aceptó un amparo presentado la semana pasada por 18 magistrados jubilados y cónyuges de jueces fallecidos de la Provincia de Santa fe contra la ley de Emergencia Previsional. De esta manera, la norma queda sin efecto para los demandantes. Desde la Provincia indicaron que apelarán al fallo.
La jueza que emitió la resolución es Silvana Laura Guagliatti, de la Octava Nominación. Los reclamantes solicitaban que no se les apliquen los descuentos por aporte solidario en sus haberes previsionales y que se les devuelvan los aportes ya realizados.
De la misma manera, el reclamo pedía dejar sin efecto el tope de 20 jubilaciones mínimas al considerar la inaplicabilidad e inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 14.283, de manera que se mantenga la movilidad en los haberes jubilatorios.
Además de este caso, conocido como Barbero y otros, esta semana se presentaron en la Justicia otros dos amparos colectivos patrocinados por el mismo estudio jurídico.
En el fallo, la jueza sostuvo: "Considero que la acción de amparo instaurada resulta admisible, toda vez que formulado tal test de selección, se advierten reunidos los requisitos enunciados. La afectación que se denuncia, con la urgencia que ello amerita, y dada la lesión potencial de derechos de trascendencia tal como son aquellos que hacen a la Seguridad Social, su libre ejercicio constitucionalmente reconocido y jerarquizado por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, determina la admisibilidad de la acción de amparo, siendo la vía idónea para sustanciar el debate"
En esa misma línea, agregó: “Los haberes jubilatorios son derechos adquiridos por los amparistas, quienes planificaron su vida y su situación económica futura en función de ellos, confiando legítimamente en la estabilidad de las normativas vigentes al momento de su jubilación. La modificación sustancial de estos haberes mediante una reforma normativa que no respeta los principios de progresividad y no regresividad, representa una lesión a la confianza legítima de los afectados”.
Por su parte, la Provincia ya prepara la apelación y sus argumentos se basan en que se trata de una ley válida cuya aplicación no reviste ninguna ilegalidad. En este sentido, señalan que las medidas tomadas se justifican dada la crisis del sistema previsional y no serían susceptibles de revisión judicial. Asimismo, afirman que la norma no afectan a los derechos de los jubilados y pensionados.
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