viernes 17 de mayo del 2024

Juicio por Salta 2141: quiénes son los acusados y qué delitos se les atribuyen

Tras casi seis años de la tragedia de Salta 2141 que dejó a 22 muertos y más de 60 heridos, Rosario no volvió a ser la misma. Desde ese 6 de agosto del 2013, la bronca, la tristeza y el grito de justicia se volvieron una costumbre en las calles de la ciudad.

Este miércoles, pasadas la 8 de la mañana comenzó en el Centro de Justicia Penal el juicio por la fuga de gas, explosión y derrumbe del edificio de calle Salta 2141 en el cual, se sentarán en el banquillo de los acusados 11 personas, frente a una sola familia querellante.

El tribunal integrado por Marcela Canavesio (presidenta), Rodolfo Zvala y Juan Carlos Leiva (vocales) que evaluará las pruebas y el testimonio de los 137 testigos que se harán presentes hasta el 12 de junio y deberá juzgar a los 11 acusados.

Entre los cuales están: los inspectores de la empresa Litoral Gas Gerardo Bolaños, Guillermo Oller y Luis Curaba; el jefe de esa sección, Claudio Tonucci, y la gerenta técnica Viviana Leegstra.

Como así también, el gasista Carlos García y su ayudante, Pablo Miño; el gasista que trabajó doce días antes de la tragedia, José Allala; y los tres integrantes de la administración del edificio siniestrado, Mariela Calvillo, Norma Bauer de Calvillo y Carlos Repupilli.

Las acusaciones hechas por los Fiscales Dres. Graciela Arguelles, Valeria Piazza Iglesias, María Eugenia Iribarren y Miguel Moreno apuntan a Osvaldo Carlos Garcia, Norma Bauer, Carlos Repupilli y Mariela Calvillo; Guillermo Oller y Luis Curaba; Viviana Leegstra  y Claudio Tonucci, por el delito de “estrago culposo agravado”, solicitando la pena de 5 años de prisión efectiva para todos los imputados. Mientras que se solicitó el sobreseimiento de Pablo Miño Y José Allala.

Los delitos

En primer lugar y los primeros en comparecer frente a la justicia ese mismo día del fatal hecho por haber estado presente en el lugar, fueron el gasista, Osvaldo Carlos Garcia y su ayudante, Pablo Miño, a los cuales “se les atribuye el hecho de haberse presentado entre las 9 y 9:38  am y haber causado la explosión e incendio del edificio de calle Salta 2141, por haber provocado una fuga de gas mientras manipulaban la conexión de ingreso de la provisión de gas a dicho edificio cuando pretendían cambiar el regulador de Gas sin cerrar la llave de paso (o de haberla cerrado no lo hicieron adecuadamente). Para luego, no contener la fuga y marcharse del lugar”.

Por otro lado, a la integrante de la administración, Norma Bauer,  el asesor jurídico e integrante de la administración, Carlos Repupilli y la administradora del consorcio, Mariela Calvillo, en su carácter de integrantes de la administración del consorcio y al tener el deber de custodia del edificio y de los bienes comunes del mismo, “se les atribuye haber violado dichos deberes. Así, ante la necesidad del cambio de regulador, el personal de la administración contrata a García, tomando conocimiento a través del mismo que éste realizaría las tareas de una forma no permitida, omitiendo en la reunión de consorcio celebrada el 02/08/13, advertir a los presentes esta irregularidad”.

A su vez, “se les atribuye no haber hecho caso a reiterados reclamos de los copropietarios con relación a la subsistencia de los inconvenientes con el servicio de gas”.

A Guillermo Oller y a Luis Curaba se los acusa por haber concurrido el día 26 de julio de 2013 aproximadamente a las 21: 40 como reclamistas de litoral gas al edificio de calle Salta y haber restablecido el servicio de gas. «Antes de restablecer el gas, no corroboraron los trabajos efectuados por Allala, ya que no le requirieron al mismo ningún informe detallado de los trabajos realizados, materiales utilizados y pruebas efectuadas sobre la instalación, omitieron a su vez la exigencia de rehabilitar el servicio en presencia del gasista matriculado (Allala).  No efectuaron ningún control sobre la totalidad de las instalaciones, limitándose a controlar la ausencia de pérdida en el gabinete, sin realizar una verificación integral de dicha instalación. Omitieron, además,  efectuar el control de las instalaciones de servicio y correcto funcionamiento de los artefactos de los departamentos y habilitaron el suministro de gas, contando el edificio con un solo regulador, cuando según la reglamentación debía contar con dos».

En tanto, a la Gerente técnica de Litoral Gas, Viviana Leegstra y el Jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas, Claudio Tonucci se les atribuye el «no haber ejercido adecuadamente el deber de control y vigilancia respecto de las funciones delegadas al personal a su cargo» por las siguientes cuestiones:

No haber exigido reportes ni informes al personal a su cargo que realizó tareas en el edificio de calle Salta 2141.

No haber instruido al personal a su cargo respecto de las normas de seguridad que debían observar ante la detección de pérdidas, la manipulación de redes y en la rehabilitación del servicio de gas, tampoco sobre la presentación de los informes en relación con las actividades realizadas.

No haber elaborado de conformidad con las normas y reglamentaciones vigentes, un plan de emergencias para interrumpir el suministro del servicio de gas en un tiempo razonable, detallando los sistemas que se considerasen más convenientes para interrumpir dicho servicio de gas.

Asimismo, los fiscales solicitaron el sobreseimiento del ayudante del gasista Pablo Miño, que trabajó esa mañana del 6 de agosto del 2013 y del gasista José Allala que hizo tareas de mantenimiento doce días antes de la tragedia.