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viernes 29 de marzo del 2024

Independencia y equilibrio de poderes en Santa Fe

Por senador provincial Lisandro R. Enrico

Por senador provincial Lisandro R. Enrico

Hace pocos días un fallo de una Cámara de Apelaciones de Rosario declaró inconstitucional el procedimiento sancionatorio que ejerce la Legislatura santafesina para faltas graves de fiscales y defensores.

Dicha resolución judicial busca impedir que los funcionarios judiciales mencionados puedan ser sancionados por otro poder del estado –en este caso Poder Legislativo– manteniendo el control del desempeño dentro del mismo organismo. Es decir que solo fiscales puedan evaluar y sancionar a fiscales y que solo defensores puedan evaluar y sancionar a defensores.

Desde Montesquieu, en los albores del estado republicano moderno se consagró la independencia de poderes para delimitar las distintas funciones de un mismo estado con la clásica tríada de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los cuales funcionan de manera autónoma e independiente.

Esa misma Independencia vino naturalmente acompañada desde su misma concepción por mecanismos de equilibrios y contrapesos institucionales entre poderes para que la independencia de poderes de un mismo estado no se transformase en tres estados independientes.

Denominada como checks and balances por los sajones y conocida como equilibrios y controles recíprocos entre poderes en la literatura política latina, esta interdependencia tiene la particularidad de estar permanentemente activa de diversas formas en las que un poder actúa de forma excepcional sobre las decisiones de otro.

Varios ejemplos: el Poder Legislativo y el Ejecutivo designan los miembros del Poder judicial, es decir que los jueces, fiscales y defensores no se eligen a sí mismos sino que son elegidos por los otros poderes. De igual modo, el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de vetar una ley emitida por el poder Legislativo. Por otro parte, el Poder Judicial puede declarar inaplicable una ley cuando entiende que es inconstitucional –tal lo ocurrido con la ley de descanso dominical declarada inaplicable por la Corte Suprema de Justicia santafesina.

Estas son algunas y no todas las muestras de este sistema institucional que se encuentra en la ratio del estado de derecho por el cual existen los controles y equilibrios entre poderes. Y eso no constituye una intromisión sino una función orgánica dentro de un mismo estado.

Sobre todo, este mecanismo de equilibrio y balances, opera cuando un poder puede sancionar a un miembro de otro poder: los miembros del Poder Legislativo pueden realizar un juicio político al Poder Ejecutivo y sus ministros. El Poder Judicial puede investigar y juzgar a un miembro de los otros dos poderes en los estrados judiciales.

Es por ello que la potestad de la Legislatura de analizar y controlar las faltas graves de fiscales y defensores es parte de la esencia misma del estado de derecho santafesino.

No es una intromisión de un poder sobre otro. Verlo así implica construir una mirada corporativa de funcionarios del estado que aspiran a ser intocables por las instituciones de la democracia.

En el trasfondo del fallo de la jueza se busca evitar que fiscales o defensores puedan ser puestos en investigación bajo la mirada del poder más democrático y representativo, y mantener un sistema de protección y coberturas rancio para cualquier sistema de transparencia y calidad moderno.

En definitiva, la sentencia judicial pretende que solo 5 fiscales analicen el accionar grave de un fiscal, en vez de permitir que dicho análisis sea efectuado por 69 santafesinos y santafesinas elegidos por el voto del pueblo, lo cual implica mucha más amplitud y garantía de opiniones que el secretismo de un expediente en pocas manos.