El Tribunal de Casación Penal resolvió que el caso Lucía Pérez no fue un femicidio
Se trata del hecho ocurrido el 9 de octubre de 2016, cuando la adolescente de 16 años fue declarada muerta en la Sala de Primeros Auxilios de Playa Serena, en Mar del Plata. El Tribunal N°2 de Mar del Plata deberá dictar una nueva condena que se enmarcará bajo la carátula de "abuso sexual con acceso carnal agravado".
El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires resolvió que la muerte de Lucía Pérez no fue un femicidio y anuló la prisión perpetua que recaía sobre Matías Farías. De este manera, ordenó al Tribunal N°2 de Mar del Plata que dicte una nueva sentencia, con una condena que se enmarcará en el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado".
La decisión del Tribunal de Casación se dio a conocer justo el día en que Lucía hubiera cumplido 25 años. El hecho ocurrió el 9 de octubre de 2016, cuando la adolescente fue declarada muerta en la Sala de Primeros Auxilios de Playa Serena, en Mar del Plata, a la que había sido ingresada por los dos acusados de la causa.
Esta decisión se tomó en respuesta a la apelación presentada por la defensora oficial de Farías, Laura Solari, y los abogados de Pablo Offidani, César Sivo y Romina Merino. En el segundo juicio por el caso llevado a cabo en marzo de 2023, el Tribunal N°2 de Mar del Plata había condenado a Farías a prisión perpetua por los delitos de abuso sexual agravado por el suministro de estupefacientes y por la muerte de la víctima, en concurso ideal con femicidio. Offidani, en tanto, recibió una pena de ocho años de prisión como partícipe secundario del abuso sexual, que se sumaron a una condena previa por venta de drogas, resultando en una pena unificada de 15 años.
Los jueces Víctor Violini y Florencia Budiño, al revisar el fallo, reconocieron la existencia de un contexto de violencia de género y una asimetría de poder entre Lucía Pérez, una adolescente de 16 años con consumo problemático de drogas, y Faría, un vendedor de estupefacientes de 23 años que no consumía. En este aspecto, destacaron que "Farías buscaba chicas para venderles" y no le interesaba comercializar con hombres, "lo que permite inferir que era intencional programar encuentros con objetivos sexuales".
Sin embargo, concluyeron que no existe responsabilidad penal con la muerte de Lucía, y descartaron de esta manera tanto el dolo eventual como un posible homicidio culposo.
Con la anulación de la condena por femicidio, el Tribunal de Casación instruyó al Tribunal N°2 de Mar del Plata a fijar una nueva pena para Farías, exclusivamente por el delito de abuso sexual agravado, cuya pena máxima alcanza hasta 15 años de prisión, además de una condena previa por narcotráfico de ocho años.
A pesar de este fallo, la familia de Lucía Pérez aún tiene la posibilidad de apelar la resolución ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, lo que podría prolongar el proceso judicial.
Comentarios
Para comentar, debés estar registrado
Por favor, iniciá sesión