Tras la controversia por los espacios exclusivos en locales bailables por la muerte de Carlos Orellano en el boliche Ming, desde el Concejo, proponen un proyecto de ordenanza para impedir actos de discriminación en locales comerciales y/o nocturnos, proponiendo una reglamentación del funcionamiento de los mismos.
La idea es del concejal Marcelo Megna quien manifestó: “Los dueños de los locales no pueden elegir a las personas que entran a los VIP según su condición social, vestimenta o apariencia física como ocurre frecuentemente por éstos días” esto genera trato desigual».
Asimismo, para evitar la evasión de la normativa, se establece que las entradas/pulseras de acceso a los sectores diferenciales se ofrezcan luego de informar con claridad que se encuentran disponibles entradas generales y que ambas son accesibles para todos.
“Actualmente se observan situaciones de clara discriminación cuando particulares deciden autoritariamente quiénes entran y quiénes no. El Estado observa esas situaciones sin reaccionar, provocando desconfianza en el poder de cambio y solución y es el municipio quien debe actuar en estos casos”, remarcó. “El punto de inflexión radica cuando esas decisiones significan un trato discriminatorio”, agregó.
“La muerte de Carlos Orellano demuestra cruda y cruelmente cómo la inacción del Estado puede dar lugar a tragedias, porque , de haber legislado sobre éste tema antes quizás hoy no se estaría llorando la muerte de un joven”, dijo al finalizar.
En ese marco, también el edil Eduardo Toniolli ingresó el último viernes un proyecto al que propone eliminar esos sectores de las discotecas. El texto (que lleva también las firmas de las concejalas Norma López, Gabriela Gómez Sáenz y la presidenta del cuerpo María Eugenia Schmuck) propone una modificación a la ordenanza 7.218 de espectáculos públicos, en relación a los artículos que reglamentan la actividad de las discotecas y confiterías bailables.
La iniciativa (en la cual el bloque venía trabajando desde un tiempo, pero cuya presentación se aceleró tras el caso Orellano) dispone «la prohibición de los sectores reservados a determinadas personas a las que se les pretenda dispensar un trato diferenciado o discriminatorio al resto de los asistentes».
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