Quemas en las islas: falló la Corte Suprema de Justicia y pidió la creación de un «Comité de Emergencia Ambiental»
La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló sobre las quemas en el Delta del Paraná y pidió que Santa Fe, Entre Ríos, Buenos Aires, Rosario y Victoria que creen un Comité de Emergencia Ambiental y que envíen un informe de los avances en los próximos 15 días. A través dela Fiscalía de Estado, el gobierno de Santa Fe había presentado un escrito para que la Corte acumule «las diferentes causas» abiertas por la quema de pastizales en las islas del río Paraná, «a los efectos de lograr, en el menor tiempo posible, una solución definitiva al litigio».
A través de un escrito presentado por el fiscal de Estado santafesino, Rubén Weder, la provincia consideró oportuno recurrir al artículo 32 de la Ley 25.675 de Medio Ambiente, que indica que «la competencia judicial ambiental será la que corresponda a las reglas ordinarias de la competencia».
De esta forma, la provincia había solicitado que la Corte Suprema de Justicia de la Nación «acumule las diferentes causas, citando a todas las partes involucradas en el conflicto, a los efectos de lograr, en el menor tiempo posible, la solución definitiva al litigio que nos atañe».
Weder indicó en el escrito que todas las causas «cuentan con un denominador común: su objeto, ya que todas tienden a preservar el medio ambiente, el cual está afectado seriamente por los incendios que se están produciendo en las zonas de islas».
En el escrito, el fiscal de Estado santafesino menciona las causas abiertas y en la que son demandados los municipios de Rosario y Victoria, y las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, además del Estado Nacional.
En esas presentaciones, se solicitaba «hacer cesar de modo efectivo, urgente e inmediato todos los focos de incendio que tienen lugar en las islas que están frente a la costa de la ciudad de Rosario» para «erradicar de modo definitivo la quema indiscriminada en las islas, y de tal modo proteger el derecho a la salud y a un ambiente sano y limpio».
También, se buscaba «la reposición del ambiente dañado, determinando las identidades de los responsables de tales quemas a los efectos de la reparación de los daños y atribución de responsabilidades».
En el escrito, Weder menciona que la Sala A de la Cámara Federal de Rosario, después de declarar la incompetencia del Juzgado Federal 2 de Rosario en la causa «Peyrano, Marco Lisandro c/Provincia de Entre Ríos s/amparo colectivo», resolvió ordenar ciertas y determinadas medidas cautelares.
Según Weder, lo hizo «considerando la grave situación que padece la ciudad de Rosario y zonas aledañas por el humo que recurrentemente produce la quema indiscriminada de los campos de las islas de las islas del Paraná que se encuentran en territorio de la provincia de Entre Ríos».
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