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sábado 27 de abril del 2024

Negociado millonario: escándalo en la cooperativa portuaria de Herme Juárez

Socios de la entidad aseguran que el interventor Schaer creó un reglamento interno que vulnera el espíritu cooperativo y el estatuto social de la institución. Detrás, beneficios para sus allegados.

Dos semanas después que los socios de la Cooperativa de Trabajo Portuarios Limitada de Puerto General San Martín denunciaran abusos en la intervención de la entidad, salieron a la luz nuevos hechos que siembran un manto de sospecha sobre la actual conducción. Es que a través de diversos mecanismos se decidió reducir los excedentes que le corresponden a los socios por estatuto.

Vale recordar que la entidad se encuentra intervenida desde hace varios meses tras la detención del histórico sindicalista Herme «Vino Caliente» Juárez. Fue el gobierno nacional -por entonces en cabeza de Mauricio Macri- quien decidió que fuera Juan José Schaer el interventor de la cooperativa.

A mediados de enero se destapó una polémica tras la aprobación de un reglamento interno impulsado por Schaer, que los propios socios denunciaron bajo la sospecha de esconder intenciones contrarias a los intereses de los trabajadores y a favor de la familia Juárez, con una clara violación al estatuto social de la organización.

 

Schaer defendió su posición diciendo que “uno de los puntos que tenía la cooperativa y que nosotros empezamos a trabajar con la intervención desde agosto, es que tenía un estatuto pero por la ley de cooperativismo debe tener un reglamento interno que rija las conductas de los integrantes de la cooperativa de trabajo”.

Fuente legales aseguraron al sitio Mundo Gremial que la afirmación de Schaer es «absolutamente falsa», ya que la ley de cooperativas no contiene ninguna norma que obligue a estas entidades a funcionar con un reglamento interno más allá de su estatuto. Explicaron que “la norma madre y fundamental de una cooperativa es su estatuto social” y que los reglamentos son “instrumentos normativos complementarios no obligatorios”.

La ley de cooperativas establece que el estatuto debe regular cuestiones como el valor de las cuotas sociales y el derecho de ingreso, la organización de la administración y fiscalización, régimen de asambleas, reglas para distribuir excedentes y soportar las perdidas, condiciones de ingreso y retiro de los socios, derechos y obligaciones, entre otras cuestiones.

En contrapartida a la ley, el reglamento interno de Schaer regula cuestiones inherentes al estatuto y que ya estaban reguladas por éste, como el régimen de administración, condiciones de ingreso de los socios y el reparto de los excedentes.  Fuentes de la Cooperativa mostraron preocupación por cuanto el reciente reglamento establece deducciones a los excedentes que no están previstas por el estatuto social. Una de estas sería un denominado fondo de “reinversión productiva”, el cual prevé elevarse hasta el 30% de las utilidades que deberían ser repartidas entre los socios.

Aquí el escándalo. De esta manera por vía de un reglamento el interventor estaría forzosamente reduciendo los excedentes que le corresponden a los socios por el estatuto.

Otro punto cuestionado es el artículo 21 del reglamento, que establece que los excedentes, luego de efectuadas las deducciones, se distribuirán de acuerdo a escalas propias de la especialización, jerarquías categorías, secciones o áreas.

Objetan que el artículo 27 del estatuto social que regula el reparto de excedentes de los socios no contiene un criterio de tal calibre.

La diferenciación en el destino de los excedentes favorecería a un limitado grupo de personal jerarquizado, que estarían vinculados al expresidente de la Cooperativa Suárez.

Fuentes legales aclaran que la ley establece que, para una ente cooperativo de trabajo, el reparto de excedentes debe ser efectuado en proporción al trabajo efectivamente prestado por cada uno, no estableciendo ningún criterio sobre especialización o jerarquía.

Así con este nuevo reglamento, Schaer, funcionario interventor designado por el PRO,  pretende introducir la lógica empresaria a un ente cooperativo, al efectuar distinciones de clase y jerarquía entre socios que tienen un mismo fin común de esfuerzo y ayuda mutua.

De hecho, sería el propio interventor el que habría efectuado discrecionalmente la determinación de las jerarquías entre los propios trabajadores cooperativistas, beneficiando a unos sobre otros según su agrado personal.