La Provincia informó que no hay habilitados establecimientos para capacitar patovicas
La Dirección Provincial de Autorizaciones, Registro y Control de Agencias Privadas de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares, dependiente de la Subsecretaría de Control de fuerzas de Seguridad y Agencias de Seguridad Privadas de la Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Ricardo Giusepponi, hace saber que a la fecha no se encuentra habilitado ningún establecimiento educativo público o privado para dictar los cursos de capacitación profesional para los ACAP, que establece la ley nacional 26.370, ley Provincial 13.205 y su decreto reglamentario nro. 2146/2015.
La provincia no ha habilitado a ninguna persona para que pueda desempeñarse como ACAP ya que los cursos de capacitación y el Registro Provincial se encuentran en implementación. Eso no obsta de que algunos municipios conforme ordenanzas locales habiliten a trabajar en su jurisdicción a personal para que cumplan con esta función, pero en ese caso el poder de policía lo ejerce el municipio quien controla dicha actividad.
Asimismo se informa que la Dirección Provincial de Autorizaciones, Registro y Control de Agencias Privadas de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares, es la autoridad de aplicación de la ley provincial 13.205, y no ha otorgado a personal alguno carnet habilitante para que puedan desempeñar dicha función, por lo tanto toda información que se brinde al respecto y que no sea otorgada por la autoridad de aplicación es falaz e improcedente.
A partir de la adhesión que efectuó la Provincia de Santa Fe, mediante ley provincial Nº 13.205, a la ley nacional Nº 26.370, que establece las reglas de habilitación para el personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia en espectáculos públicos, desde la Subsecretaria de Control de Fuerzas de Seguridad y Agencias de Seguridad Privadas de la provincia, se está trabajando sobre la implementación, de la capacitación de los ACAP y del Registro Público Provincial.
El Gobierno de Santa Fe, a través de los ministerios de Seguridad y de Educación, conjuntamente con la municipalidad de Rosario, trabajaron en el diseño de una currícula formativa para capacitar a los Agentes de Control de Admisión y Permanencia (ACAP), denominados vulgarmente como «patovicas». A dicha instancia se llega de la mano de la Resolución Nº 1964, de fecha 2 de Octubre de 2017, dictada por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, que dispone aprobar la Capacitación de Formación Profesional denominada “Controlador/a de Admisión y Permanencia”, elaborada conjuntamente por el Ministerio de Seguridad y esa jurisdicción.
De esta manera se podrán hacer efectivos, a través de los establecimientos educativos públicos y privados, autorizados por la autoridad de aplicación, los dictados de los cursos de formación y capacitación del personal ACAP. El subsecretario de Control de Fuerzas de Seguridad y Agencias de Seguridad Privadas del ministerio de Seguridad, Dr. Ricardo Giusepponi, explicó que “la autoridad de aplicación es la Dirección Provincial de Autorizaciones, Registro y Control de Agencias Privadas de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares. A raíz de este paso importante que ha dado la provincia en beneficio de la ciudadanía, empezamos a tener diferentes reuniones con los municipios, principalmente con Rosario y Santa Fe, para poder implementar lo dispuesto en la norma, porque sabemos que en la noche trabaja mucha gente de forma irregular cumpliendo la función del mal llamado “patovica”.
Giusepponi dijo que la norma “apunta a regular esa situación, habilitar a los trabajadores y generar un blanqueo laboral. Es decir que, el dueño de un boliche o el que genera un espectáculo público y contrata un ACAP lo tiene que hacer como cualquier empleador, bajo la ley de contrato de trabajo, con los beneficios y cargas sociales correspondientes” ya que los ACAP son trabajadores en relación de dependencia. El funcionario provincial dijo que, de esta manera, Santa Fe sería una de las primeras provincias en implementar el dictado de este tipo de cursos de capacitación para ACAP, con una currícula aprobada a nivel estatal.
La capacitación tendrá una carga horaria de 128 horas cátedras, y los módulos académicos abordarán, entre otros aspectos, nociones básicas de adicciones, seguridad contra siniestro, comunicación no violenta, primeros auxilios, técnicas de neutralización de agresiones físicas, además de nociones sobre normativa regulatoria, de derecho penal, derechos humanos, de derecho constitucional, por ejemplo. Todas las personas que sean ACAP deberán realizar el curso y aprobarlo. Además, quienes no hayan finalizado la escuela secundaria, podrán concluir sus estudios de nivel medio a través de alguno de los programas que ofrece el ministerio de Educación para tal fin, lo que no quita que puedan habilitarse como ACAP, pero al momento de renovar su habilitación deberán tener cumplido este requisito legal.
La ley nacional Nº 26.370 establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos. Mediante Resolución Nº 1115 de fecha 18 de Mayo de 2017, el Ministro de Seguridad aprobó el Convenio Marco de fecha 11 de Octubre de 2016, celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Subsecretaria de Control de Fuerzas de Seguridad y Agencias de Seguridad Privada de la Provincia, para la implementación del Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia (RENCAP) y que tiene como objeto generar el intercambio de información para implementar el mencionado registro, impulsando el lanzamiento de los programas, objetivos y acciones necesarios, procurando su integración y articulación, con el fin de lograr un sistema moderno y permanente de proyección federal.
«Se invita a las Municipalidades y comunas a adherir a la ley 13.205, como asi también a los establecimientos educativos públicos y privados para dictar la capacitación profesional que establece la ley, conforme a la curricula aprobada por el Ministerio de Educación».
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