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jueves 09 de mayo del 2024

La empresa municipal Movi deberá reincorporar a cuatro colectiveras

La resolución se conoció este lunes. La compañía tendrá tres días luego de notificarse la sentencia para que las mujeres vuelvan a trabajar. La magistrada entendió que existió discriminación de género.

Por decisión de la Justicia, la empresa municipal Movi deberá reincorporar a cuatro colectiveras despedidas que presentaron un recurso de amparo por discriminación de género. La compañía tendrá tres días a partir de la notificación de la sentencia para admitir a las damnificadas, que trabajaron durante tres meses en la firma cubriendo vacaciones y que cumplían con los requisitos exigidos para desarrollar las tareas de choferes.

Así las cosas, la jueza Paula Calace Vigo, titular del Juzgado Laboral N° 10 de los Tribunales de Rosario, entendió que Natalia Verónica Munafo, María Etelvina Álvarez, Alejandra Isabel Avendaño y Silvina Ada Moreno fueron desvinculadas de Movi por el hecho de ser mujeres. De este modo, se escudó en que la empresa incumplió con la ordenanza que establece el 50 por ciento del cupo femenino.

Las involucradas, que habían pasado los exámenes de rigor exigidos para poder conducir colectivos, habían sido contratadas para cubrir licencias por vacaciones, pero no fueron incorporadas a planta permanente con posterioridad, a pesar de haber existido 19 vacantes. En cambio, los puestos fueron ocupados en su totalidad por hombres, pese a que la ordenanza 7981 de 2006 ya obligaba, en su artíulo 5, a cubrir “…en forma igualitaria entre mujeres y varones, garantizando el ingreso de una mujer por cada dos puestos a cubrir”.

Para la magistrada, existió discriminación de género no sólo por el incumplimiento a la normativa estatal de 2006 tendiente a garantizar la “igualdad real de oportunidades”, sino debido a que la empresa tampoco ofreció prueba alguna que desacreditase la idoneidad de las cuatro mujeres, que ya se habían desempeñado como choferes de la empresa.