La Corte Suprema señaló que la prisión perpetua se aplicó de forma errónea en una condena de un caso
Los jueces Rosatti, Maqueda y Rosenkrantz acompañaron la medida porque ese tipo de condena iba e contra del derecho a la esperanza de un recluso. Lorenzetti no suscribió.
La Corte Suprema de Justicia Nacional, señaló que la prisión perpetua se aplicó de forma errónea en un caso concreto.
La medida firmada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, responde a un caso en que la reclusión perpetua afectaba al derecho a la esperanza de un sospechoso. Asimismo, Ricardo Lorenzetti no avaló la propuesta.
De acuerdo a lo constatado por Infobae, el falló declararía como inconstitucional el artículo 12, inciso 1 del Código Penal, al establecer que condenados por los delitos contemplados en el artículo 80 del Código Penal no pueden acceder a la libertad condicional.
En ese sentido, la perpetua dejaría de serlo como tal ante la posibilidad de poder adquirir la libertad condicional.
Puede interesarte
La causa
El caso por el que se originó la declaración de inconstitucionalidad es por el asesinato de una policía llamada María Luján Campilongo, ocurrido el 19 de noviembre de 2012, cuando hasta seis delincuentes que iban en dos autos, rodearon el vehículo de la joven y su novio que estaban de vacaciones, para luego disparles 30 veces.
La cabo de la Policía Federal de 34 años murió de un disparo en la cabeza, mientras que su pareja logró sobrevivir.
Por la causa había sido condenado por el Tribunal Oral de Menores N2 de Caba a prisión perpetua, un joven identificado como Sebastián Alejandro Guerra, al ser sindicado como coautor responsable de homicidio reiterado en dos oportunidades además de robo con arma de fuego reiterado en cuatro oportunidades.
Pero la defensa del acusado solicitó que se declare esa pena como inconstitucional, debid a que le impedía acceder a la libertad condicional, pero el pedido fue rechazado por el Tribunal al argumentar que el sospechoso todavía no podía pedir su libertad al no cumplir el tiempo mínimo en su pena.
Por tal motivo, el mismo pedido lo hicieron llegar a la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de Capital Federal, donde insistieron que la pena de prisión realmente perpetua aplicada en el caso es incostitucional, al ir en contra del mandato resocializador de la pena a cárcel y la prohibición de imposición de castigos crueles o inhumanos.
En ese marco, la Sala I de Casación declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y su apliacación en el caso en cuestión. Pero la fiscalía redobló la apuesta y presentó un recurso extraordinario federal para dejar inválido tal pedido.
En dicho recurso explicaron que la discusión de la legalidad de la norma que habilita las penas perpetuas debería darse cuando el condenado esté en condiciones de poder acceder a la condicional.
Como el contrapedido de la fiscalía también fue aceptado por la Sala I de la Cámara Nacional de Casación, el caso giró a la Corte Suprema de la Nación, pero los magistrados antes mencionados no dieron lugar al recurso al no haber rebatido los arguementos de la defensa de Guerra.
Comentarios
Para comentar, debés estar registrado
Por favor, iniciá sesión