11°
miercoles 24 de abril del 2024

La ANMAT prohibió la comercialización de dos productos alimenticios y dos medicamentos

Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes, por diferentes motivos, la comercialización de una premezcla para hacer pan apto para celíacos, una manteca y dos medicamentos. Las medidas fueron oficializadas mediante una serie de disposiciones publicadas en el Boletín oficial.

Como primera medida, el organismo encargado de controlar que los remedios y la comida envasada cumpla con los reglamentos vigentes ordenó sacar del mercado la «Premezcla universal” marca Delicel -libre de gluten-, ya que le generó “una reacción alérgica en un menor de edad alérgico a la proteína de leche de vaca, soja y huevo”

Ante la denuncia del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), la Unidad de Coordinación de Alimentos del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires (UCAL) realizó una auditoria en el establecimiento donde se elabora este producto, que asegura estar hecho “sin huevo y sin derivados de soja”.

De acuerdo con la Disposición 9626/2019, la entidad de control “realizó la toma de muestra por triplicado del producto en cuestión para su evaluación” y procedió a la inhibición de su comercialización “hasta tanto la Autoridad Sanitaria se expida” al respecto.

Por otra parte, la ANMAT también ordenó sacar de las góndolas dos tipos de manteca fabricadas por la empresa cordobesa Servio S.A., una bajo la marca Loma Blanca y otra con el nombre de Yolcle, ya que “no cumplirían la normativa alimentaria vigente”.

De acuerdo con un estudio realizado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), ninguno de los dos productos “se corresponden con el perfil de grasa láctea” con el que deberían cumplir para los estándares de exigencia que dicen tener, por lo que “resulta ser un alimento adulterado”.

Por este motivo, se solicitó “realizar el retiro preventivo de los productos del mercado nacional en un plazo de 48 horas”, medida que se oficializó en la Disposición 9627/2019.

En cuanto a los medicamentos, quedó prohibido “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional» de todos los lotes de “GORETEX – Vascular Graft – REF Catalogue Number VT35015LA– Configured for Pediatric shunt – Gore” hasta tanto “se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica” de la ANMAT.

Según quedó explicado en la Disposición 9628/2019, durante una inspección de rutina realizada a principios de este mes, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud retiró del establecimiento algunos lotes de este producto porque “no se observan fecha de vencimiento ni datos de titular responsable en la Argentina”.

Ante esto, la empresa que lo comercializa “informó que no posee documentación que avale su procedencia», ya que fue importado por una firma a la cual representaron “por última vez en el año 2008”, aunque aseguraron que todos los medicamentos que venden “poseen codificación de lote y vencimiento tanto en su envase primario como en su envase secundario”.

En este sentido, en los considerandos se señaló que “no puede asegurarse que se trate de un producto legítimo y autorizado para su comercialización en la República Argentina”, por lo que se ordenó sacarlo de circulación.