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viernes 19 de abril del 2024

Javkin, tras el fallo de la Corte por la deuda de Nación a Santa Fe: «Trabajar, unir y persistir da resultados»

El intendente de Rosario celebró que la Corte Suprema de la Nación fallara a favor de la provincia sobre la histórica deuda.

El intendente de Rosario, Pablo Javkin, celebró el fallo de la Corte Suprema, el cual exige a Nación devolver a Santa Fe 86 mil millones de pesos en concepto de deuda por coparticipación.

«Un reclamo iniciado por Hermes, respaldado por todo el espectro político. Tarda en llegar pero, al final, hay recompensa. Trabajar, unir y persistir da resultados», posteó el intendente en sus redes sociales, haciendo alusión a que el fallo tomó forma en 2015, aunque los fondos nunca se giraron a Santa Fe.

En esa línea, este martes se conoció un nuevo fallo de la Corte Suprema de la Nación sobre una deuda histórica que el Estado argentino mantiene con la provincia por descuentos indebidos de coparticipación durante 9 años, entre 2006 y 2015. El máximo ente de la justicia estableció los montos y la modalidad de pago: $54 mil millones de deuda de coparticipación y por detracciones indebidas para financiar a la Afip por $14 mil millones, además de sumarle $18 mil millones correspondientes a un expediente iniciado en 2009.

Sin embargo, el gobernador Omar Perotti estimó que el monto podría ser superior y que el Ministerio de Economía provincial realizará los cálculos pertinentes para elevar el pedido a la Jefatura de Gabinete de la Nación, cartera que dirige Juan Manzur.

El fallo de la Corte

La resolución, firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, se conoció poco después de la reunión que el ministro de Justicia, Martín Soria, mantuvo en el cuarto piso del Palacio de Justicia con los cuatro miembros de la Corte.

En agosto de 1992, el entonces gobierno de Carlos Menem impuso a varias provincias, entre ellas la de Santa Fe, un recorte del 15% de los impuestos coparticipables que, luego de sucesivas presentaciones ante la Corte, se terminó declarando inconstitucional en 2015.

Desde allí, la discusión jurídica se trasladó a la tasa de actualización que debía pagar la administración nacional en concepto de esos fondos retenidos indebidamente.

La Corte intentó que las partes acordaran la actualización y los plazos, pero, al haber transcurrido seis años de la sentencia definitiva en el conflicto, decidió este martes que se aplique a la deuda nominal la tasa activa del Banco Nación, informó la Agencia Télam.

En el fallo de ocho páginas, el máximo tribunal explicó su decisión “en el entendimiento de que tal porcentaje permite mantener un equilibrio entre posturas sustentadas en el interés general” y aclaró que no recurre a cálculos más onerosos para no complicar las cuentas públicas.

En rigor, el Estado Nacional deberá devolver el 15% que se retenía por el acuerdo fiscal y otro 1,9% que también se retenía de manera indebida según la Corte, vía la Administración Federal de Ingresos Públicos.