El Tribunal Electoral falló a favor de Carolina Losada y le ordena a Google “dar de baja” una serie de páginas denunciadas
El Tribunal Electoral Provincial falló a favor de la precandidata a gobernadora de Unidos para cambiar Santa Fe Carolina Losada tras una denuncia por una supuesta “campaña sucia”. En ese marco, le ordenó a Google Argentina SRL dar de baja una serie de publicaciones difundidas en Internet contra la actual senadora nacional.
Sin embargo, el TEP aclaró que dichos contenidos no son “falsos” sino fragmentos editados con declaraciones reales de la precandidata y que la resolución obedece a la falta de “transparencia” por no conocerse la identidad de quien los publicó.
“Hacer lugar a lo solicitado ordenando a Google Argentina SRL proceda a dar de baja las páginas publicadas por el anunciante La Provincial, por los motivos expuestos y en tanto las condiciones de anonimato subsistan”, concluyó el Tribunal Electoral en su resolución.
“Requerir a Google Argentina SRL, para que brinde toda la información Tribunal Electoral de la Provincia Santa Fe o dato que disponga que permita identificar al autor de los anuncios y origen de los fondos de la publicidad electoral en cuestión”, agrega el fallo.
Vale señalar que el apoderado de la Lista “Es con vos”, dentro de la alianza electoral “Unidos Para Cambiar Santa Fe”, denunció que, a través del sitio de anuncios La Provincial, “se está llevando a cabo una campaña a través de publicaciones en redes sociales y plataformas virtuales de manera completamente ilegal y con el único y explícito fin de desacreditar, mediante afirmaciones falsas y de carácter injuriante a la persona de Carolina Losada, actual precandidata a Gobernadora por la lista que representa”.
El pedido específico es dar de baja los anuncios, informar la identidad de las personas promotoras de los sitios de los anuncios y publicaciones en cuestión y todo dato que permita identificar al autor de los anuncios. Además, pide que se aclare “cuál es el origen de los fondos de la publicidad electoral que lleva a cabo La Provincial; y se abstenga en el futuro de habilitar el uso de enlaces, blogs, foros, grupos, sitios de fans que injurien a la precandidata a Gobernadora Carolina Losada. También solicita que se oficie a la Inspección General de Personas Jurídicas a fin de que informe si “La Provincial” está constituida como persona jurídica y, en ese caso, cuál es su fondo asociativo, quiénes la integran, quiénes componen el órgano de toma de decisiones sociales, qué rendición de cuentas se hace y quiénes son los aportantes.
Para el sector de Losada, las publicaciones injuriantes tienen un objetivo: atentar contra el potencial electoral de esa fuerza política en beneficio de otros precandidatos y que todo ello estaría pergeñado por personas y/o entidades desconocidas y financiado por recursos cuyo origen y procedencia se desconoce, en clara violación a las normas que rigen en materia de campañas electorales.
El Tribunal Electoral, sin embargo, entendió que no se trata de una campaña sucia. “Las publicaciones, aún editadas, forman parte del núcleo de la libertad de expresión tal como nuestro derecho constitucional la fue elaborando. En última instancia se trata de manifestaciones públicas no controvertidas y formuladas por una persona que, por sus actividades precisamente de carácter público, está expuesta a la crítica y esas críticas amparadas por la libertad de expresión” sostiene en su resolución.
Sí considera que los anuncios denunciados vulneran otras reglas cuyo control también es propio de la competencia de este Tribunal: la determinación suficiente en cuanto a su autoría y financiamiento. Del anunciante de las propagandas denunciadas se saben sólo dos cosas: que se identificó como La Provincial y que está ubicado en Argentina. Para el Tribunal, bien puede puede tratarse de la actividad de uno o más agentes clandestinos, o de actores políticos ocultos a cualquier contralor de sus obligaciones y responsabilidades económicas, financieras y políticas. Eso no es menor: vulnera el principio de transparencia electoral e impide conocer la autoría y financiamiento de los anuncios y cualquier respuesta o refutación dentro de un escenario de competencia limpia.
“Si no se identifica al contendiente que lo difunde se lo desresponsabiliza de cualquier afirmación y en especial, las que eventualmente quién se sienta afectado pueda considerar difamatorias y, también eventualmente, promover las acciones judiciales que estime pertinentes”, dice el fallo. Y suma: “A falta de conocimiento del autor de las publicaciones impide el control del financiamiento y, en consecuencia, violenta la normativa que rige el caso sobre transparencia de las campañas electorales y rendición de sus gastos”.
El Tribunal Electoral destaca la importancia de que la población vote sobre la base de un debate público auténtico. Y apunta a que los discursos injuriantes y las descalificaciones personales no tienen nada que ver con el sistema democrático. “Las buenas prácticas democráticas son una responsabilidad indelegable de los líderes partidarios. Por esa razón, sería deseable que quienes se presentan como candidatos y candidatas se esfuercen en hacer una campaña limpia, rigurosa con los datos, transparente y evitando la difamación. Desde este Tribunal Electoral se exhorta a todas y a todos los precandidatos que se celebren un compromiso de propagar la educación digital a fin de logar transparencia en la información política que permita un juego electoral limpio”.
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