El Gobierno reglamentó los cambios en el Impuesto a las Ganancias
El Ejecutivo oficializó las modificaciones esta mañana a través del Decreto 652/2024, publicado en el Boletín Oficial.
El Gobierno Nacional oficializó este lunes la reforma al Impuesto a las Ganancias en el país. La reglamentación que había sido establecida en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes fue incluida en el Boletín Oficial, a través del Decreto 652/2024, y ya está en vigencia.
De esta manera, comenzarán a pagar el tributo a partir de los sueldos de agosto, los trabajadores que ganen sueldos brutos de 1,8 millones de pesos en el caso de los solteros y de 2,2 millones en el caso de los casados. La medida abarcará a unos 800 mil empleados que dejarán de estar exentos a Ganancias.
Dentro de la actualización del impuesto, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo; se encuentra la consideración de las horas extras, los premios y el aguinaldo en el cómputo de lo que deberán abonar los trabajadores. A su vez, sólo se permitirán las deducciones por hijo, cónyuge, alquileres, prepaga y seguro de vida.
El texto oficial remarca que, en relación al mínimo no imponible, "se instituye un ajuste excepcional en el mes de septiembre del corriente año por el coeficiente que surja de la variación del índice señalado en el considerando precedente, correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024, inclusive".
Por otro lado, el Impuesto a las Ganancias será deducido de los alquileres registrados en AFIP. "El importe a deducir por todos estos no podrá superar 10 por ciento del total de las sumas pagadas en concepto de alquiler con destino a casa-habitación, siempre que, si el organismo recaudador así lo prevé, los contratos respectivos se encuentren debidamente registrados", aclara el decreto.
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