El Gobierno anunció la implementación de la propina electrónica
Lo comunicó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, a través de su cuenta en la red social X. Se hará oficial mediante un decreto que lleva la firma del presidente Javier Milei.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció, mediante su cuenta en la red social X, que ya se encuentra listo el decreto que establece la posibilidad de que los consumidores paguen la propina de manera electrónica. La nueva norma se hará oficial a través del Boletín Oficial, y los comercios deberán implementarlo dentro de los 90 días posteriores a su publicación.
Asimismo, por medio de un decreto complementario se exceptuará a estos movimientos del pago del impuesto a los créditos y débitos bancarios (cheque), de manera que la medida resulte beneficiosa para los usuarios, y también para los dueños de los establecimientos y empleados.
Una vez que el decreto entre en vigencia, los usuarios eligirán cuánto y de que modo abonar la propina. En este sentido, existirá la opción de sumarla al monto total de la cuenta, indicando al mozo que porcentaje o valor absoluto desea pagar.
En este punto, cabe destacar que el dinero puede dirigirse a una cuenta bancaria del empleador, quién luego se encargará de repartir la propina, o bien podría depositarse, directamente, en una cuenta perteneciente al empleado.
El decreto establece:
Artículo 1°: Modifíquese el artículo 113 de la Ley N° 20.744 (de Contratos de Trabajo), que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 113. Propinas. Cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias, en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados como parte de la remuneración”.
Artículo 2°: Los comercios y establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustibles, entregas a domicilio y demás rubros en cuyas relaciones de consumo sea costumbre recibir propinas, deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos. El ofrecimiento deberá garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega y la cuantía que voluntariamente éste defina.
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