El Banco Central anunció que podrán comprar dólares financieros aquellos que recibieron subsidios durante la pandemia
La entidad dirigida por Santiago Bausili permitirá que los beneficiarios puedan comprar dólares en el mercado financiero a través de las cotizaciones MEP o contado con liquidación.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) comunicó que podrán volver a comprar dólares financieros aquellas personas que hayan recibido algún tipo de subsidio durante la pandemia, como los de las tarifas o mediante el programa ATP.
La compra de la divisa extranjera, que implica una nueva flexibilización del cepo cambiario, será a través de las cotizaciones contado con liquidación y MEP.
El anuncio realizado por la entidad comandada por Santiago Bausili se hizo durante la jornada de este martes en horas de la tarde.
“El Banco Central dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las retenciones”, informaron.
En ese sentido, señalaron: “La tercera medida adoptada por el Directorio es la de remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo de servicios públicos”.
Finalmente, apuntaron a que con esta medida “quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias aquellos que se los incluya en dicha categoría”.
De esta manera, los siguientes beneficiarios podrán volver a comprar dólares financieros:
- Usuarios que perciban subsidios a tarifas de servicios públicos como la energía, gas natural o agua potable.
- Usuarios que sean beneficiarios de Créditos a Tasa Cero; Tasa Cero 2021; Tasa Cero Cultura; o Tasa Subsidiada para Empresas.
- Personas humanas beneficiarias del Plan de pago de deuda previsional o cualquier otro plan de deuda previsional en tanto no haya cancelado la deuda.
- Personas humanas beneficiarias de los créditos Anses previstos en la resolución N° 144/2023.
- Personas humanas beneficiarias del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y trabajadores aportantes del referido SIPA que hayan recibido financiamiento.
- Beneficiarios de Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020.
- Diputados y Senadores que no podían comprar dólares financieros.
- Personas que refinanciaran la tarjeta de crédito en el marco de la pandemia.
- Beneficiarios durante la pandemia del congelamiento de cuotas de créditos hipotecarios.
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