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jueves 25 de abril del 2024

Día de la Empleada Doméstica: las personas que trabajen deberán cobrar doble

Este martes 3 de abril se conmemora el Día de la Empleada Doméstica, considerado por ley jornada no laborable para las trabajadoras del rubro. Por lo tanto, los empleadores que requieran este tipo de servicios deberán abonar las horas al 100 por ciento.

En ese sentido, la normativa establece:“En caso de que el personal preste tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100 por ciento del salario diario”.

La fecha fue fijada mediante la resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares Nº 3 del 29 de octubre de 2015 con motivo del aniversario del día en que fue promulgada la ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares en 2013.

Para alguien que trabaje por hora a un valor de 71,50 pesos durante ocho horas, el valor de una jornada normal sería de 572 pesos en tanto el valor de este martes treparía a 1.144 pesos.

En caso de tener un salario mensual, se debe dividir el sueldo por la cantidad de días que trabaja al mes para obtener el valor de la jornada. Ese monto se multiplica por dos y es lo que se paga por el 3 de abril.

De este modo, si el personal cobra 8.837 por mes (monto fijado como honorario mensual para quien trabaja más de 32 horas semanales en la categoría de tareas generales) dividido 20 días, da un valor por jornada de 441,85 pesos. Es decir que entre el 1º y 10 de mayo, habrá que abonarle 9.278,85 que equivale al sueldo, más la jornada extra del 3 de abril.