Caso Guenchul: “Lo que entendieron los tres jueces es que hubo una coautoría funcional, que cada uno cumplió un rol”
En el mediodía de este miércoles la Cámara de Apelaciones en lo Penal dio a conocer una fuerte resolución en la causa por el asesinato de Marcos Guenchul, ocurrido el 23 de julio de 2019.
La decisión de justicia implicó un cambio en la pena de los acusados: Santiago Caio Soso, Maximiliano Rodrigo Panero y Priscila Denoya, ex pareja de la víctima que había sido absuelta, y ahora resultaron condenados a perpetua.
La resolución de segunda instancia fue informada por los camaristas Georgina Depetris, Alfredi Ivaldi Artacho y Javier Beltramone en los Tribunales Provinciales.
Tras conocerse, el Fiscal Adrián Spelta señaló: “Inicialmente era lo que veníamos sosteniendo con la doctora Paolicelli desde que comenzó el juicio. Nosotros habíamos acusado por homicidio calificado, por el concurso premeditado de tres personas, por el vínculo que había con la víctima, en este caso el parentesco de pareja que había entre Denoya y Guenchul, y habíamos además acusado por la promesa remuneratoria, circunstancia que no fue tenida en consideración, se lo acusó por el homicidio calificado por los otros dos calificantes dejando de lado esta última”.
Asimismo, destacó que “no se agregaron evidencias ni pruebas, lo que hubo fue un análisis de las pruebas que nosotros habíamos recolectado que exhibimos, produjimos durante el juicio”.
Spelta, además, explicó: “Lo que entendieron los tres jueces es que hubo una coautoría funcional, es decir, que cada uno cumplió un rol. Denoya no estuvo presente en el momento de los disparos, sí tuvo una participación o un rol dentro de una planificación previa, que llevó a un único fin, un objetivo que formaba parte de esta planificación, que era darle muerte a Guenchul”.
Sin embargo, el fiscal aclaró que la resolución “no ha quedado firme, todavía hay recursos que seguramente las defensas instrumentarán, y que hacen que la sentencia no quede firme”.
Vale señalar que a Denoya, expareja de la víctima, le dictaron la presión preventiva, que deberá cumplir en el complejo penitenciario de 27 de Febrero al 7800, hasta que el Servicio Penitenciario disponga de una tobillera electrónica para la domiciliaria.