ARCA lanzó el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores
La resolución fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. El empleador autónomo podrá contar con tres "colaboradores" sin que exista un vínculo de dependencia entre las partes.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC). Se trata de un registro donde podrán inscribirse los emprendimientos que se integren al nuevo régimen especial unificado contemplado en la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
Según la información oficial, el nuevo vínculo laboral "se basa en una relación autónoma, sin que exista dependencia entre las partes ni con las personas contratantes de los servicios u obras, y admite un máximo de tres colaboradores.
El PADIC permitirá contar con información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes y establecer el mecanismo a través del cual los mismos prestarán la declaración jurada correspondiente respecto al carácter independiente de la relación.
En este sentido, señalan que el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y podrá mantener, de manera simultánea, otros contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.
El registro deberá realizarse previamente al inicio de la prestación de tareas por parte de los colaboradores mediante el sitio web del organismo. En el mismo se encuentra la opción “Agregar emprendimientos” con el detalle del nombre de fantasía del mismo, fecha de inicio y de finalización, domicilio, actividad y CUIT de los colaboradores.
Luego de realizar este proceso, los trabajadores independientes y sus colaboradores recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, y deberán confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo en un plazo de 72 horas.
En este sentido, desde el Gobierno indicaron que las dos partes deben estar inscriptas en el régimen general de impuestos y de los recursos de la seguridad social como trabajadores autónomos, o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Comentarios
Para comentar, debés estar registrado
Por favor, iniciá sesión