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miercoles 01 de mayo del 2024

Representantes de entidades deportivas exigen que se aprueben las actividades para menores de 12 años

Los hicieron a través de una carta y remarcaron que la prohibición de etaria termina siendo “contraproducente” ya que muchos niños se terminan volcando a los parques y sin control.

Los representantes de entidades deportivas de la provincia de Santa Fe, hicieron un nuevo pedido al gobernador Perotti. En esta oportunidad, solicitan que autoricen la participación en los deportes recreativos para niños y niñas menores de 12 años.

Este miércoles, los representantes de Clubes, Asociones, Confederaciones, Organismos de Gobierno Deportivo, Organizaciones Proveedoras de Actividad Deportiva y Organizaciones Productoras de Eventos Deportivos presentaron una nota a Perotti en el cual reflejaban su posición sobre la presentan  a los fines de hacerle saber nuestra posición sobre la necesaria participación de los niños menores de 12 años en los deportes.

La solicitud se había hecho previamente frente a la Secretaria de Deporte, Claudia Giaccone y los distintos Secretarios de Deportes de las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

En esa misma carta, los recordaron la existencia de los decretos Nro 1070/2020 de la Provincia de Santa Fe y 754/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, que se refieren a la habilitación de prácticas deportivas sin fijar rango etario y afirmaron que la prohibición a las actividdes deportivas de los menores de 12 años, “tuvieron como consecuencia, la proliferación en distintos espacios públicos grupos de entrenamiento de menores de la franja etaria mencionada sin control alguno de trazabilidad, estado de salud, temperatura corporal o cualquier medida de prevención epidemiológica exigida, agravando la situación”.

De esta manera, a través del escrito enunciaron: “Es nuestra obligación velar sobre  la preservación de la salud de los menores de 12 años ante el Covid-19, siendo esta  una de las prioridades atento al estado de situación hoy reinante pero, y sin hacer un  juzgamiento de la oportunidad, mérito o conveniencia de la política adoptada para hacer frente a la misma, nos cabe como organizaciones intermedias reconocidas como tales no solo por la Constitución Nacional, sino por los distintos estamentos de Gobierno Nacional, Provincial y Municipal/Comunal, discrepar respecto a lo que entendemos es no sólo un exceso de reglamentación de la actividad deportiva de los anteriores decretos, sino que ante la nueva reglamentación del estado de emergencia sanitaria no existiría impedimento alguno para la necesaria vuelta a la actividad de los menores de la edad establecida.

                        Consideramos que resulta necesaria la colaboración de todos los actores del sistema de salud, dentro de los cuales nos sentimos incluidos no sólo por el conjunto de normas que nos hacen responsables del buen estado de salud exigido para la práctica del deporte, sino por el conjunto de bibliografía y los planes de estudio preparados para los Institutos de Educación Física de la Provincia de Santa Fe donde se pondera la estimulación del deporte de temprana edad;

                        Que la Ley Nacional Nro 20655, modificada por la Ley Nacional Nro 27202 impone como obligacion en cabeza del Estado la atención al deporte y la actividad física en sus diversas manifestaciones, considerando como objetivo fundamental:

  1. a) La universalización del deporte y la actividad física como derecho de la población y como factor coadyuvante a la formación integral de las personas, tanto dentro del marco del sistema educativo como en los demás aspectos de la vida social;
  2. b) La utilización del deporte y la actividad física como factores de la salud integral de la población, con una visión holística;

…e) Promoción de una conciencia nacional de los valores del deporte y la actividad física y la implementación de las condiciones que permitan el acceso a su práctica a todo ser humano, ofreciendo oportunidades especiales a las personas jóvenes, los niños, las niñas y adolescentes, a las personas adultas mayores y a las personas con discapacidad, considerando a la animación sociocultural como auténtico medio de equilibrio, inclusión y plena integración social;”

                        Que la ley Provincial Nro 10.554 además de adherir a la Ley Nacional Nro 20.655 ha incorporado consideraciones propias, destacando como Misión del Estado el art. 2do inc b de la citada norma “La utilización del deporte como factor educativo y coadyuvante a la formación integral del hombre y como recurso idóneo para la preservación de la salud física de la población y la promoción de los valores éticos”, no estando por lo tanto acabadamente cumplida tan alta misión respecto de los menores de 12 años;

                        Por ello encarecidamente le solicitamos a Ud le haga saber a todos los Municipios y/o Comunas que atento a la inexistencia de prohibición legislativa vigente en la actualidad para la Provincia de Santa Fe, se adopten medidas de incorporación de menores de 12 años a la actividad deportiva en nuestras Instituciones bajo las mismas condiciones que las establecidas en el Decreto Provincial 1070/2020″.