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martes 23 de abril del 2024

¿Qué lugar tiene la Sexualidad en la consulta con un profesional de la Salud?

En Roma, allá por 1978, se creaba la Asociación Mundial para la Salud Sexual. En 2018 cumple 40 años nucleando a sexólogos clínicos y educativos de todo el mundo. Desde 2010 estableció el 4 de Septiembre como Día Mundial de la Salud Sexual, para visibilizar y fomentar la difusión de los temas pertinentes para la Promoción de la Salud Sexual, la Prevención de Infecciones de Transmisión Sexual y de embarazos no deseados, y el abordaje de las Disfunciones Sexuales.

La Salud Sexual (según la OMS) es un estado de bienestar físico, mental, emocional y social en relación con la sexualidad. Requiere un enfoque positivo y respetuoso de la sexualidad y las relaciones sexuales, así como la posibilidad de vivenciar experiencias sexuales placenteras y seguras, libres de toda coacción, discriminación y violencia.

Literalmente, Sexualidad se define como la cualidad de ser sexual, poseer capacidad sexual, los biólogos dicen que la sexualidad de los elementos reproductores determina el sexo del individuo (entendido como sexo biológico).

Pero también se entiende por Sexualidad a la capacidad para experimentar sentimientos sexuales, con un sentido que se aleja muchísimo de lo biológico, integrando complejas variables cognitivas, emocionales y sociales, siendo una dimensión importante en la vida de las personas.
Tradicionalmente, en las historias clínicas suele tomarse sólo la variable de Sexo Biológico, bajo la dicotomía binaria de varón o mujer. El contexto actual exige una revisión profunda tanto de la entrevista como del sistema de registro de datos.

El conocimiento científico de la ciencia médica se produce por la aplicación del método clínico en el abordaje de las problemáticas de salud-enfermedad. El método clínico se desarrolla durante la consulta médica, que es el momento del encuentro entre el médico y el paciente. La tarea cognitiva del médico consiste en conocer y entender el proceso salud-enfermedad por el que atraviesa el paciente como unidad psico bio social y en su propio contexto, para arribar a un diagnóstico, pronóstico y recomendaciones.

El instrumento o herramienta básica utilizada para el desarrollo del método clínico es la HISTORIA CLÍNICA, registrando la información relevada a través de la anamnesis, el examen físico y los estudios complementarios.
“Las enfermedades no pueden ser tratadas como eventos totalmente aislados sino que deben ser vistos desde un contexto global, “historia de vida” de la persona o del grupo familiar. Deben ser considerados datos como: edad, sexo y práctica sexual, lugar donde vive (anteriores y actuales), trabajos desempeñados y ocupación actual, religión o fe, creencias y costumbres. También: estructura familiar, vínculos y relaciones personales, desasosiegos y satisfacciones.”

Si consideramos entonces que los Datos Básicos en la Historia Clínica son fundamentales, y que implica disponer de la información básica que nos permita conocer al ser humano consultante en todas sus dimensiones, las variables “sexo” y “prácticas sexuales” deben ser revisadas a la luz de los avances científico/socio/políticos y legales en diversidad sexual.
En Argentina se aprobó en 2012 la Ley 26.743 de Identidad de Género que establece que:

“Toda persona tiene derecho:
a) al reconocimiento de su identidad de género;
b) al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;
c) aser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.”

En el artículo 2 define la “Identidad de Género” como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo…”.

El Ministerio de Salud publicó en 2015 un artículo sobre la Atención de la salud integral de personas trans. Guía para equipos de salud, dentro del cual enuncia que “… es fundamental tener en cuenta que, dentro del sistema de salud, las personas deben ser respetadas en su nombre y género de elección, tanto en relación con la sala en que deben ser internadas, como en los instrumentos de registro (expedientes, historia clínica, planillas, certificados, etcétera).” (pág. 19)

Uno de los tantos antecedentes que precedieron a la sanción de la Ley de Género, fue en 2002 la sanción de la Ley 25673 que creó el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación. Ley que garantiza el ejercicio de los Derechos Sexuales sin coerción, discriminación ni violencia.

Por su parte, la Ley Nacional 26529 de Derechos del Paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud , sancionada en 2009 y su modificación por Ley 26742 aprobada en 2012, establece que toda persona tiene derecho entre otras cosas a:
– Ser asistida por profesionales de la salud sin menoscabo por sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición.
– Recibir un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad.
– El Ministerio de Salud sugiere entonces que en todo el proceso de atención se respete la identidad de género de las personas, estas son algunas de las recomendaciones que propone para ello:
• Preguntar a la persona cuál es su nombre y de allí en más utilizarlo.
• Llamar a la persona por su apellido cuando no se tiene seguridad si el nombre que figura en los registros es el que utiliza, y no es posible confirmarlo. Esto evita que las personas vivan situaciones discriminatorias que pueden resultar no solo incómodas, sino incluso humillantes.
• Nombrar y referirse siempre a la persona de acuerdo con el género expresado, por ejemplo, referirse en masculino a un varón aun si está embarazado.
• Incluir en todo instrumento de registro (planilla de turnos, historia clínica, certificados, expedientes, etcétera) únicamente el nombre expresado por la persona.

Entre otras prácticas elementales durante la entrevista se recomienda no presuponer las orientaciones sexuales ni las prácticas sexuales de las personas.Es un desafío desarraigar la presunción de heterosexualidad, así como los preconceptos coito centristas respecto a las prácticas sexuales. Las expresiones verbales o gestuales de asombro, desaprobación, indignación u otras manifestaciones de prejuicio por parte del profesional, afectan a la persona consultante.

Por otro lado, la Función Erótica es muy sensible al malestar de todo orden, ya sea orgánico, social, económico, emocional, vincular, etcétera. Por lo tanto, así como preguntamos sobre el dormir, la alimentación, las actividades recreativas, laborales y sociales; debemos incorporar sin inhibiciones la exploración de la esfera sexual. La pregunta por la sexualidad puede ser un indicador del funcionamiento global de una persona. De hecho la consulta sexológica es muchas veces el portal de ingreso para la detección de patologías (depresión, trastornos de ansiedad, violencia familiar, así como anemias, diabetes, desregulaciones endócrinas, etcétera).

Y finalmente debemos recordar que el placer no sólo es un Derecho Sexual sino que forma parte del bienestar y la calidad de vida de una persona. Abrir los espacios para que las personas puedan expresar sus inquietudes o malestares en relación a la sexualidad es fundamental para bienestar.
John Money acuñó el concepto de Sexosofía para referirse a la ideología, valores, creencias, actitudes y juicios de valor que las personas tenemos respecto a la sexualidad. Los profesionales de la salud debemos abandonar nuestra propia Sexosofía a la hora de indagar sobre el comportamiento sexual de un consultante.

Explorar, respetar y habilitar el diálogo sobre la Sexualidad, es una responsabilidad que nos cabe a todos los profesionales de la salud, ya que como expresa el lema del Día Mundial de la Salud Sexual 2018:Salud Sexual y Derechos Sexuales: ¡Fundamentales para el bienestar!