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jueves 25 de abril del 2024

Prohiben la comercialización de un aceite de oliva por la ANMAT

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva. 

A través de la disposición 21/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo detalló que se trata del aceite de oliva extra virgen de la marca Buonoliva por 900 ml, «lote 10/2017, consumir preferentemente antes de los 2 años de envasado, RNPA N° 12-004879, RNE N° 12-000738, producido y envasado por Olivares del Bañado, Ruta 40 km 1160, Bañado de los Pantanos- La Rioja».

«El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículo 6 bis, 13, 155 del CAA por presentar el perfil de ácidos grasos mezcla con otro aceite vegetal, por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser un alimento falsamente rotulado y adulterado y en consecuencia ilegal», indica el texto oficial.

Y agrega: «Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284».