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domingo 28 de abril del 2024

Perotti estableció que los permisos para salidas recreativas en la provincia deberán ser autorizadas por el Ejecutivo

El gobernador dispuso que las próximas medidas del Gobierno nacional serán revisadas por el Ejecutivo santafesino antes de entrar en vigencia.

El gobernador Omar Perotti, quien adhirió por decreto al DNU presidencial que prorroga hasta el 10 de mayo el aislamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus, estableció que las salidas recreativas en la provincia serán resueltas «en todos los casos por acto expreso» del Poder Ejecutivo.

Mediante el decreto 0363, firmado además por los ministros de Gestión Pública, Rubén Michlig, y de Salud, Carlos Parola, el mandatario santafesino dispuso que cualquier excepción en el marco de la nueva fase del aislamiento social también deberá tener informe favorable del ministerio de Salud de la provincia.

Además, la norma fechada el lunes requiere para autorizar excepciones, incluidas las actividades laborales, que se disponga de las «declaraciones juradas, protocolos sanitarios y de prevención general a observarse en cada caso según lo disponga el ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social».

En el caso específico de las salidas recreativas, el artículo 5 del decreto señaló que si correspondieren, serán dispuestas oportunamente por acto expreso y fundado del Poder Ejecutivo, previo informe favorable del ministerio de Salud «y en consulta con las autoridades locales».

Con estas «se definirán en conjunto las restricciones, requisitos y modalidades aplicables», tanto en relación a las localidades comprendidas en los dos grandes conglomerados de la provincia como en las que sin estarlo «presenten cuadros complejos desde el punto de vista de la situación epidemiológica y la circulación viral».

En las restantes localidades no comprendidas en los alcances del artículo 5, las habilitaciones correspondientes serán otorgadas con los mismos requisitos, luego de que las autoridades locales eleven las solicitudes respectivas, en las que especificarán los protocolos de control y las restricciones, requisitos y modalidades aplicables.

En todos los casos se considerarán «los diferentes grupos poblacionales y en especial los considerados de riesgo en relación a la enfermedad, a los fines de evitar aglomeraciones» y «la fijación de diferentes días, turnos u horarios para la realización de las actividades permitidas, con el mismo fin».

Finalmente, la norma indicó que en los casos en que se habiliten las salidas breves para caminatas de esparcimiento, será obligatorio el uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón.