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jueves 18 de abril del 2024

Para la fiscal Valeria Piazza, es un fallo ejemplificador

El mecánico Juan Carlos Schmitt, quien atropelló y mató al cadete Damián Orgaz en marzo del año pasado, sufrió un nuevo desliz judicial. La Cámara de Apelaciones de Rosario resolvió unánimemente elevar la pena de prisión efectiva de 5 a 9 años al considerarlo autor de homicidio simple con dolo eventual. Sobre este fallo, la fiscal de Homicidios Culposos, Valeria Piazza Iglesias, dialogo con Radio Mitre Rosario y dijo estar muy conforme, ya que la fiscalía siempre consideró que hubo dolo eventual. Además indicó que este caso es novedoso a nivel nacional ya que se han dado dolos eventuales en primera instancia, pero todos revocados por Cámara. En este caso en particular, es al revés, la primera instancia dictó homicidio culposo y la Cámara lo revocó por homicidio simple.

La fiscal Piazza manifestó estar muy conforme con el fallo y dijo que desde el primer momento, y desde el día en que ocurrió el hecho, la fiscalía mandó una orden de detención e imputó ante un juez de garantía por dolo eventual para luego hacer una acusación por homicidio simple con dolo eventual. Esto quiere decir que no se acusó por homicidio culposo.

“Hoy la Cámara revocó el fallo de primera instancia, y esto es novedoso a nivel nacional, se han dado casos de dolos eventuales en primera instancia pero todos revocados por Cámara. En este caso en particular es al revés, la primera instancia dio homicidio culposo y la Cámara revoca por homicidio simple”, explicó la fiscal.

Según Piazza en la reforma de Código Penal se incorporó el articulo 84Bis que establece agravantes al homicidio culposo simple. Según dice la fiscal, en la culpa con representación la persona se graficó que podía pasar un hecho y confió en si mismo que no iba a pasar. El dolo eventual es cuando una persona se representa el hecho y no le importa el resultado y efectúa igual la acción.

“Se probó con el juicio que este señor venía haciendo estas maniobras desde hace veinte años, probaba autos por la diagonal Río Negro, esto quedó acreditado con un barrio entero que fue a declarar como testigo. Entonces, si nosotros tomamos la habitualidad en la conducta de más 120 kilómetros por hora en el momento del impacto, es dolo eventual ya que se representó al posibilidad de continuar con su acción sin impórtale”, señaló.

Para la fiscal, este caso debe ser muy importante para el futuro de la educación vial ya que es un fallo ejemplificador. En continuidad con su argumento expresó: “Si mal no recuerdo, la única vez que la Cámara había dado dolo eventual fue en el caso Pira que después no llegó a condena porque todos sabemos que se escapó. Creo que va a ser la primera vez que llegue a la Corte la discusión sobre la figura de dolo eventual”.

Quien también habló con Radio Mitre Rosario, fue el abogado defensor del acusado Juan Carlos Schmitt, Ignacio Carbone, quien indicó que la causa desde el día uno hasta hoy esto es una cuestión netamente jurídica. “Me refiero incluso a una cuestión dogmática que es si estamos en la presencia de un delito culposo como dijeron tres jueces de forma unánime en primera instancia, o la otra situación, como dijeron los camaristas en segunda instancia de duelo eventual”, explicó el letrado.

Para Carbone el fallo de Cámara cuenta con los mimos elementos, las mismas pruebas y el mismo análisis pero tiene un resultado opuesto, que desde la mirada de la defensa, respetan las resoluciones, pero si son muy críticos con el resultado entendiendo que está alejado a lo que ocurrió en el juicio.

“Hay que decir que estos camaristas no tuvieron la inmediatez que tuvieron tres jueces en escuchar toda la prueba, era lo mismo en cuanto a valoración, pareceres de un juicio que duró dos semanas que resolverlo en los papeles, uno cuando lee la resolución tiene esa mirada, que es una cuestión de papeles, muchas citas doctrinarias, pero en lo que cita a la valoración de la prueba, se nota que el fallo es deficiente”, cuestionó Carbone. Y prosiguió: “Se debe entender que hay tres magistrados que dijeron una cosa y tres que dijeron otra, entonces es el Tribunal Superior quien debe dirimir esto”.

Schmitt había sido condenado a fines de agosto de este año como autor material de homicidio culposo, es decir que mató sin tener intención de hacerlo.  En ese entonces, los jueces Gustavo Pérez Urrechu, Raquel Cosgaya y Rodolfo Zvala lo condenaron a cinco años de prisión efectiva y lo inhabilitaron para conducir durante seis años. Los fiscales Florentino Malaponete y Valeria Piazza Iglesias apelaron esa resolución al considerar que la conducta de Schmitt debía encuadrarse como homicidio doloso (con intención de matar) por dolo eventual.