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miercoles 24 de abril del 2024

Oficializaron la nueva reglamentación para facilitar el acceso al cannabis medicinal

La ley de "facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos". La norma establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" ese acceso.

Una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que «facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos», busca asegurar «el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias», incluso a través del «autocultivo o el cultivo solidario», quedó oficializada, con la publicación del Decreto 883/2020 en el Boletín Oficial.

La norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas «garanticen» ese acceso.

También, se le otorga al médico «un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes» y se contempla la provisión «en forma gratuita por parte del Estado» de derivados de la planta a quienes tengan «indicación médica».

Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario, firmado por el presidente Alberto Fernández, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.

Además, se crea el «Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales» en el marco del Ministerio de Salud.

El nuevo decreto reglamentario «facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes», indicaron los portavoces.

Entre los objetivos figuran «la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados».

También, apunta al «desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados».

Asimismo, «se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica».

«El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud», señala la reglamentación oficial.