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jueves 25 de abril del 2024

Monotributo: cómo es la nueva ley que aprobó el Senado

A partir de esta normativa se crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

La Cámara de Senadores aprobó este jueves la nueva ley para monotributistas, que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que tiene como objetivo evitar que se afronten deudas acumuladas por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

A su vez, se sancionó de manera definitiva un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

¿Cuáles son los cambios que trae esta norma?

Entre las principales novedades, se elimina el retroactivo, con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

A su vez, se busca dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas, que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39 por ciento) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y 2.487.685 (61 por ciento) en el resto del país.

Por otra parte, la AFIP prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo. A lo largo del proyecto del monotributo se fijan los incrementos que tendrán escalas en las cuales las más bajas podrán duplicar los montos de facturación.

También quedó fijado por esta ley, que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de 5,55 millones de pesos anuales y un patrimonio de hasta 6,5 millones de pesos.

Se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5 por ciento mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo.

En lo que respecta al proyecto que  modifica los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, se establece que es para fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en estos impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.