16°
jueves 25 de abril del 2024

Juicio por jurados: hacia un sistema irracional

 Por: Gustavo Feldman    

En un país en el que la anomia es común denominador entre administrados y administradores, incluyendo aquellos que administran justicia, en una sociedad en la cual no hay estamento mas corporativo y mas cercano a lo feudal que el Poder Judicial; no sorprende que resulte  atractiva una antigualla histórica, cultural y social como el juicio por jurados. Sepultado en el olvido por 150 años ahora parece ser la respuesta de los administradores públicos para legitimarse con los administrados ante la desconfianza generalizada de estos  por sus jueces.

La irracionalidad de este sistema de enjuiciamiento deviene por la forma y por la sustancia. Un sistema en el cual el jurados o los jurados resuelven lo que quieren y “como” quieren sin necesidad  de dar fundamento de la decisión, sin necesidad de que siquiera exista algún fundamento. Un sistema irracional y por ende intrinsecamente injusto que permite condenar a alguien a prisión perpetua sin explicarle porqué. Que impide una adecuada defensa y viola el derecho humano a la segunda instancia que desde 1994 tiene rango constitucional en la República Argentina, porque el condenado no sabe que esta apelando y porque esta apelando. Este derecho inalienable esta en el Pacto de San José de Costa Rica y en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos que integran el “bloque constitucional” incluso por encima de las pautas del derecho constitucional doméstico en las que se habla de juicio por jurados.

Este sistema de enjuiciamiento que se pretende aplicar en el ámbito provincial santafecino, invocando-como lo hace el proyecto del Poder Ejecutivo Provincial- la normativa constitucional nacional se da de bruces con el art. 1 de la misma que consagra un sistema de gobierno republicano, representativo y federal. Pues no respeta el federalismo: la Constitución de la Provincia de Santa Fe prevé un sistema de enjuiciamiento penal “oral y publico” (no habla de juicio por jurados) pero además dice que el Poder Judicial lo ejerce la Corte y demás tribunales inferiores; y además impone en su art. 95 que toda decisión de autoridad publica debe ser fundada bajo pena de nulidad. Tampoco es un sistema republicano; lo republicano refiere a lo publico, a lo transparente, a lo que tiene fundamento para que pueda ser debatido y criticado, nunca a lo obscuro, lo oculto, lo infundado. Y mucho menos es representativo; a los jurados no los elige nadie-se los inviste como tal por un sorteo- , solo el azar, y por ende no representan a nadie, ni resuelven en nombre de nadie. Basta leer o ver como actualmente se manipula la elección, selección y unción de un jurado para advertir que la cantinela de que “juzga la propia sociedad” es una mentira.

El proyecto enviado a la legislatura adolece de las falencias propias de este sistema y además de algunas propias agregadas cuyo detalle excede a este breve comentario.-

En resumen: un sistema de enjuiciamiento penal falaz,solapado,  arbitrario; usado históricamente por las máximas expresiones de la cultura colonialista por un lado y la concepción imperial y vigiladora global por el otro. Un sistema para perpetuar el racismo y la discriminación , y en su momento para seguir con la vigencia de la pena de muerte cuando toda Europa la había derogado.

En la propuesta del juicio por jurados confluyen personas convencidas y sinceras y los oportunistas de siempre, que antes desde el llamo denostaban el sistema y ahora desde el cómodo sitial publico se pintan la cara por el. De sancionarse la ley sin dudas será una involución jurídica y un esquema de administración de injusticias, hijo de la ignorancia, la improvisación y hasta de la malidicencia o  el delito.