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jueves 25 de abril del 2024

Fernández anunció medidas más severas para las zonas de alto riesgo: qué puede pasar en Rosario

Expectativa por las disposiciones del gobernador Omar Perotti y el intendente Pablo Javkin tras la palabra del presidente.

Luego que el presidente Alberto Fernández anunciara este viernes por la mañana que «para el conjunto del país se mantendrán las medidas vigentes hasta el 21 de mayo», crece la expectativa por las disposiciones del gobernador Omar Perotti y del intendente Pablo Javkin, ya que el mandatario aclaró que para las zonas de alto riesgo e inclusive en las que hay «alarma epidemiológica y sanitaria» las restricciones serán más severas.

De acuerdo a las últimas declaraciones de la ministra de Salud de Santa Fe, Sonia Martorano, en referencia al alto porcentaje de ocupación de camas críticas en la provincia y en la ciudad, sumado a una curva en ascenso de contagios, se podría esperar que Rosario esté dentro de las zonas de mayor alerta que enumeró Fernández. De todos modos, se aguardan los anuncios oficiales para conocer las nuevas medidas que regirían desde este sábado 1 de mayo.

El presidente aseguró que en este momento en el país hay cuatro situaciones diferentes: zonas de bajo riesgo epidemiológico y sanitario; zonas de mediano riesgo; zonas de alto riesgo y zonas de alarma epidemiológica y sanitaria. En ese sentido, las medidas que entrarán en vigencia en las próximas horas para estos últimos dos grupos, serán:

Medidas para zonas de alto riesgo epidemiológico y sanitario

❌ REUNIONES SOCIALES:
– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
❌ DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
📌 AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
👉🏻 DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Medidas para zonas de alarma epidemiológica y sanitaria

❌ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

❌ Centros comerciales y shoppings.

❌ Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

❌ Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

📌 Restricción en ámbito educativo.

Se suspenden las clases presenciales y las actividades  educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 💻

❌ DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.

❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

❌ TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.