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viernes 26 de abril del 2024

Carrió se queda sin fueros ante una demanda civil

La Cámara Comercial rechazó un pedido de la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, de ampararse en sus fueros para anular una demanda por daños y perjuicios, y la diputada nacional apelará el fallo ante la Corte Suprema.

Se trata de la denuncia civil que le inició por daños y perjuicios el administrador general de la Corte Suprema, Héctor Daniel Marchi, en el marco de su pelea con el juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti.

La Sala B de la Cámara Comercial rechazó la «inmunidad parlamentaria» que interpuso Carrió, en una decisión en la que también incluyó al secretario de Fortalecimiento Institucional de la Jefatura de Gabinete, Fernando Sánchez, quien había compartido con la diputada la denuncia penal contra Marchi.

Ahora, la diputada y el funcionario serán investigados por presunta «falsa denuncia»: según supo NA, la líder de la Coalición Cívica apelará el fallo de la Cámara Comercial ante la Corte Suprema de Justicia.

«Los demandados, al denunciar penalmente al actor imputándole la comisión de delitos exorbitaron la inmunidad de opinión parlamentaria al ocurrir ante otro poder de la Constitución pretendiendo llevar a juicio a un ciudadano», indicaron los camaristas Roberto Parrilli, Omar Díaz Solimine y

Claudio Ramos Feijoó en su fallo del 11 de diciembre.
Evaluaron que negar la posibilidad de que Marchi reclame un resarcimiento en el ámbito civil por los daños ocasionados «violaría el límite de igualdad ante la ley».

Carrió y Sánchez denunciaron a Lorenzetti y a Marchi el 13 de enero de 2016 por enriquecimiento ilícito ante el juez Sergio Torres, presentación que luego fue archivada por «inexistencia de delito».

El funcionario judicial los demandó civilmente un año después y Carrió se defendió con el argumento de que sus dichos estaban amparados en su función como legisladora.

«Se considera que la imputación de un delito es una cuestión no alcanzada por la inmunidad parlamentaria establecida en el artículo 68 de la Constitución Nacional ya que la denuncia penal no es equiparable a una opinión o discurso, más aún cuando dicha imputación no es una derivación de la actuación atinente a la propia función legislativa asignada», señaló la Sala B.

«La inmunidad que la Constitución le reconoce a los congresistas es para expresarse, no para denunciar penalmente a cualquier ciudadano por cualquier hecho, ni para armar supuestas operaciones de prensa, sin asumir ninguna responsabilidad y aquí son estas últimas las conductas que se les atribuyen» a Carrió y Sánchez, sostuvo el camarista Parrilli.